SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 503/01-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 503/01-R

Fecha: 29-May-2001

IMPROCEDENTE

3.   La Resolución No. 137 que sale a fs. 28 y 29, dictada el 10 de abril de 2001, declara IMPROCEDENTE el Recurso, con estos fundamentos: 1) el recurrente “fue nombrado en la vigencia” de la Ley No. 2027 del Estatuto del Funcionario Público; 2) por consiguiente, el “retiro o  despido” debía sujetarse a un procedimiento administrativo “que claramente orienta el Capítulo IV, Título VI” de la mencionada Ley, por lo que la impugnación del memorando de agradecimiento de servicios debía realizarse por medio de los recursos de revocatoria y jerárquico establecidos en  ella.