SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 521/01-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 521/01-R

Fecha: 29-May-2001

procedente

 Concluida la audiencia, el Tribunal de Amparo dictó la Resolución de fs. 53 a 55, declarando procedente el Recurso con los siguientes fundamentos: 1) Que el art. 7-d) de la Constitución Política del Estado reconoce el derecho al trabajo como un derecho fundamental, por lo que nadie puede ser privado temporal o definitivamente del mismo sino por  una causa grave debidamente acreditada en un proceso judicial o administrativo en estricta coherencia con lo dispuesto por el art. 16 de la misma Constitución; 2) Que los cargos que existen contra el recurrente deben ser procesados conforme a los Estatutos y Reglamentos del Sindicato, siendo inadmisible que mientras tanto  se le  imponga la sanción de suspensión definitiva; 3) Que si bien el recurrente tiene derecho a ocurrir ante la Asamblea General de bases, instancia superior y definitiva empero dada la naturaleza del asunto este requiere la protección inmediata que brinda el Amparo.