Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 541/01-R
Fecha: 04-Jun-2001
5)
5) En cumplimiento a la referida Ordenanza Municipal, el Alcalde Lucio Villazón Gonzáles procedió con la suscripción de la minuta respectiva, protocolizándose en la escritura pública No. 665/98 de 23 de abril de 1998 (fs. 9 a 15), en la que se declara la propiedad de la Alcaldía sobre el terreno ubicado en la playa aluvial del río Khora de 36..628,00 m2, considerando, al igual que la Ordenanza que le da origen, que mediante informes técnicos emitidos por las oficinas de Urbanismo y Planificación de la Alcaldía, se ha acreditado dicho derecho.