SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 543/01-R
Fecha: 04-Jun-2001
a)
A su turno, los recurridos a través de su abogado dieron lectura al informe escrito cursante de fs. 30 a 31 donde señalan: a) Que el recurrente se vio obligado a solicitar licencia al cargo de Concejal titular, porque no pudo presentar su libreta de redención del servicio militar. El recurrente no contaba ni cuenta con ese requisito habilitante, razón por la que no puede ejercer el cargo de Concejal; b) Que no se puede endilgar la responsabilidad de los supuestos actos ilegales sólo a sus personas debido a que el Concejo está compuesto por cinco Concejales, c) Que el recurrente renunció voluntariamente al cargo de Concejal y, por otra parte suscribió un contrato de trabajo con la misma comuna para desempeñar el cargo de Coordinador General del Municipio; d) Que el recurrente no hizo uso del recurso de reconsideración ante el Concejo Municipal.