SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 617/2001-R
Fecha: 19-Jun-2001
el 3 de enero de 1986
1. Que por supuesta defraudación de derechos y gravámenes aduaneros en la nacionalización de vehículos indocumentados, el 3 de enero de 1986 se inició el sumario penal administrativo N° 17/86 contra la Agencia que representa el recurrente, dentro del cual el Administrador Distrital de la Aduana de Santa Cruz dictó la Resolución Administrativa N° 385/86 de 12 de noviembre de 1986 declarando prescritas las acciones tributarias que originaron dicho sumario; Resolución que fue revocada por la Dirección de Aduanas, ocasionando que el recurrente presente Recurso de revocatoria contra dicho fallo; recurso que no llegó a tramitarse pese a que el Tribunal Fiscal de la Nación ordenó sea concedido ante el Ministerio de Finanzas, mediante Sentencia de 8 de junio de 1988 (fs. 9-14).
- VISTOS:
- CONSIDERANDO:
- el 3 de enero de 1986
- teniendo como antecedente el anterior proceso penal administrativo y los hechos que lo ocasionaron
- facilidades de pago
- permitió que la entidad recurrida emita sobre los mismos hechos que originaron el sumario antes citado
- realizó un pago parcial de lo adeudado
- POR TANTO: