Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 625/2001-R
Fecha: 22-Jun-2001
POR TANTO:
POR TANTO: El Tribunal Constitucional, en virtud de la jurisdicción que ejerce por mandato de los arts. 18-III, 120 -7ª de la Constitución Política del Estado y 93 de la Ley N° 1836 APRUEBA la Sentencia de fs. 43 a 44 de obrados, pronunciada el 24 de mayo de 2001, por la Jueza de Partido en lo Penal de Quillacollo, disponiendo se proceda conforme al artículo 91-VI de la Ley Nº 1836.