Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 625/2001-R
Fecha: 22-Jun-2001
procedente
Que, finalizada la audiencia pública el Tribunal del Hábeas Corpus, de acuerdo con el Fiscal declaró procedente el Recurso con el fundamento de que la recurrida se excedió al ordenar los arrestos, ya que no tiene atribución para ello conforme establecen los artículos 26 y 27 de la Ley Nº 1674, salvo los casos de proceso sumario conforme al Reglamento de la Policía Nacional en sus artículos 10, 11 y 14.