Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 666/01 - R
Fecha: 04-Jul-2001
4)
4) Que ante la solicitud del denunciante para que se libre mandamiento de aprehensión contra las denunciadas ahora recurrentes que éstas no prestaron su declaración informativa. El Fiscal demandado previo informe del asignado por decreto de 11 de mayo del año en curso dispuso nueva citación de las mismas (fs. 47).
- VISTOS:
- CONSIDERANDO:
- 2.
- 3.
- 1)
- 4)
- “la protección que brinda el Hábeas Corpus, en cuanto al debido proceso se refiere, no abarca todas las formas en que el mismo puede ser infringido, sino sólo a aquellos supuestos en los que está vinculad al derecho a la libertad personal o de locomoción, por operar como causa para su restricción o supresión”
- POR TANTO: