Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 670/2001-R
Fecha: 09-Jul-2001
POR TANTO:
POR TANTO: El Tribunal Constitucional, en virtud de la jurisdicción que ejerce por mandato de los arts. 18-III, 120 -7ª de la Constitución Política del Estado y 93 de la Ley N° 1836 APRUEBA la Resolución de fs. 129 y vta. de obrados, pronunciada el 11 de junio de 2001, por la Sala Penal Primera de la Corte Superior de Cochabamba.