Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 687/2001-R
Fecha: 09-Jul-2001
Procedente
Previo dictamen fiscal, el Tribunal de Amparo dictó Resolución declarando Procedente el Recurso, con el fundamento de que el art. 16 de la Constitución Política del Estado consagra el derecho a la defensa y señala que nadie puede ser condenado sin haber sido oído en proceso legal y por autoridad competente; principios que fueron desconocidos por las autoridades recurridas, quienes impusieron una sanción antes del cumplimiento de estas formalidades.