Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 717/2001-R
Fecha: 13-Jul-2001
Improcedente
Previo requerimiento fiscal, la Corte de Hábeas Corpus dictó Resolución declarando Improcedente el Recurso, con el fundamento de que el recurrente pretende subsanar irregularidades del proceso que no fueron observadas oportunamente a través de los recursos de Ley en la fase investigativa, careciendo el Tribunal de Hábeas Corpus de facultades para resolver aspectos procedimentales.
- VISTOS:
- CONSIDERANDO:
- Improcedente
- donde el recurrente se apersonó presentando denuncia de extorsión y formalizando querella criminal, además de haber señalado su domicilio procesal
- con facultades de allanamiento y habilitación de días y horas extraordinarias
- sin haberlo notificado de comparendo previamente y en forma personal,
- POR TANTO: