Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 741/01 - R
Fecha: 23-Jul-2001
al omitir la fundamentación
Que, por otro lado, si bien los Jueces del Tribunal de Sustancias Controladas han sometido al recurrente a un debido proceso, al limitarse a ratificar en el Auto de Apertura del Proceso la Medida Cautelar de la detención preventiva dispuesta por la Jueza Cautelar, han cometido un acto ilegal contra su derecho a la libertad, al omitir la fundamentación que exigen los preceptos legales antes aludidos, en cuyo caso inexcusablemente se abre el ámbito de protección del Hábeas Corpus consagrado en el art. 18 de la Constitución Política del Estado.