Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 747/01-R
Fecha: 20-Jul-2001
POR TANTO:
POR TANTO: El Tribunal Constitucional, en virtud de la jurisdicción que ejerce por mandato de los artículos 18-III y 120-7ª de la Constitución Política del Estado y 93 de la Ley Nº 1836, REVOCA la Resolución, cursante a fs. 28, pronunciada el 20 de junio de 2001 por la Sala Penal Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz y declara PROCEDENTE el Recurso, disponiendo que el Juez recurrido en observancia de la Circular Nº 021/2000 de 14 de junio de 2000 emitida por la Corte Suprema de Justicia se pronuncie sobre la solicitud de cesación de la detención preventiva del recurrente observando el procedimiento establecido en la misma.