SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 780/01-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 780/01-R

Fecha: 24-Jul-2001

3.

3.   A su turno, la autoridad jurisdiccional recurrida informa: a) Que conforme a requerimiento existente en obrados el Ministerio Público imputa formalmente al recurrente por el delito de abuso de firma en blanco y falsedad ideológica y uso de instrumento falsificado solicitando como medida cautelar la detención preventiva y señalando que al sindicado se lo tenía por prófugo en las diligencias de Policía Judicial; b) Que en base al requerimiento fiscal se instruyó sumario penal contra el imputado habiéndose señalado audiencia para su declaración indagatoria para el 12 de septiembre de 2000 y como no se hizo presente se expidió el correspondiente mandamiento de aprehensión por lo que, ejecutado el mismo, se le tomó su declaración el 5 de junio de 2001; c) Que la parte civil solicitó la detención preventiva del imputado mediante memorial presentado el 6 de junio a hrs. 10:30 y que oída la declaración indagatoria a hrs. 14:30 se determinó la detención preventiva  conforme a procedimiento y los datos del proceso; d) Que la medida cautelar a que se hace referencia no corresponde por estar en trámite el proceso y conforme la nota de cargo, se presenta concluida que fue la declaración y el trámite correspondiente; e) Que posteriormente se solicita la cesación de la detención preventiva  la misma que en cumplimiento de los términos legales se providencia el 7 de junio señalando audiencia de consideración de la detención  preventiva para el día 13 de junio de 2001.