Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 802/01-R
Fecha: 30-Jul-2001
3)
3) Que el 30 de abril de 2001, se verificó nueva audiencia de medidas cautelares donde el mismo Juez revocó la “medida precautoria que disponía el arresto del recurrente y otros por el plazo de 48 horas” disponiendo su detención en la cárcel de “San Pedro” mientras puedan presentar una fianza equivalente al monto de la mercadería decomisada (fs. 30-32).