Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 840/01-R
Fecha: 09-Ago-2001
procedente
Que finalizada la audiencia pública el Tribunal de Amparo en desacuerdo con la opinión fiscal declaró procedente el Recurso fundamentando: 1) que en el espacio de tiempo entre las notificaciones de 3 de agosto de 1994 con el decreto de la ejecutoria de la sentencia y el memorial de 13 de junio de 2000 que interpone apelación, transcurrieron 5 años y 2 meses, sin que se haya producido ningún actuado judicial que interrumpa la prescripción conforme a los artículos 1493, 1497 y 1507 del Código Civil y 2) que los documentos que presentaron los ejecutantes lo hicieron en forma posterior de haberse declarado probada la excepción de prescripción.