Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 859/01-R
Fecha: 13-Ago-2001
3.
3. A la conclusión de la audiencia el Tribunal de Hábeas Corpus dicta Resolución declarando improcedente el Recurso, con el argumento de que los jueces recurridos dictaron en 8 de noviembre de 2000 el Auto motivado debidamente fundamentado sin incurrir en ilegalidad y en cumplimiento de las normas y requisitos señalados en los arts. 233 y 236 de la Ley N° 1970.