Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 896/01-R
Fecha: 27-Ago-2001
POR TANTO:
POR TANTO: El Tribunal Constitucional, en virtud de la jurisdicción que ejerce por mandato de los artículos 18-III y 120-7ª de la Constitución Política del Estado, 7.8) y 93 de la Ley Nº 1836, APRUEBA la Resolución Nº 7/2001, cursante de fs. 76 a 78, dictada el 1 de agosto de 2001 por la Jueza Segunda de Sentencia de La Paz.