SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 903/01-R
Fecha: 29-Ago-2001
3.
3. Que, ante dicha Resolución la recurrente mediante memorial presentado al día siguiente de dictada la Resolución, solicita a la Viceministra de Medio Ambiente, Recursos Naturales y Desarrollo Forestal que ordene al recurrido revoque su decisión (fs. 31). Asimismo, por carta presentada el 27 de noviembre de 2000, la recurrente solicita al recurrido ordene la reapertura de su empresa expresando a tal efecto “... comprometiéndonos formalmente a no trabajar los hornos reverberos, donde se procesa arsenopiritas para la fabricación ... mientras no hayamos concluido la construcción de cámaras de filtros ... modificaciones que serán debidamente aprobadas y autorizadas por el organismo competente de esa Honorable Alcaldía...” (fs. 6). Posteriormente, la recurrente solicitó se levante la clausura mediante oficios dirigidos al Prefecto (fs. 32-33) y al Presidente del Concejo Municipal (fs. 28-30).