Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 903/01-R
Fecha: 29-Ago-2001
POR TANTO:
POR TANTO: El Tribunal Constitucional, en virtud de la jurisdicción que ejerce por mandato de los arts. 19-IV, 120-7ª de la Constitución Política del Estado y los arts. 7.8) y 102-V de la Ley No. 1836, APRUEBA la Resolución Nº 30/01 de fs. 174 a 175 de obrados, pronunciada el 19 de julio de 2001, por la Sala Penal Segunda, debiendo procederse conforme al artículo 102-III de la Ley Nº 1836.