Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 1007/01-R
Fecha: 20-Sep-2001
Por tanto:
Por tanto: El Tribunal Constitucional, en virtud de la jurisdicción que ejerce por mandato de los arts. 18-III y 120-7ª de la Constitución Política del Estado, 7-8ª y 93 de la Ley Nº 1836,APRUEBA la Resolución de fs. 48 a 49 de 31 de agosto de 2001, pronunciada por el Juez Primero de Sentencia del Distrito Judicial de Santa Cruz.