Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 1028/01-R
Fecha: 24-Sep-2001
(fs.35-36)
Que, el 15 de septiembre de 1992, se dicta sentencia declarando probada la demanda y condenándose al pago de lo adeudado a cuyo efecto se dispuso “debiendo llevarse hasta el estado de trance y remate los bienes embargados o y los que se embargaren en el futuro para con su producto cubrir la obligación total de la ....”(fs.35-36). Con dicha resolución se notificó también mediante edicto al recurrente.