SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 928/01-R
Fecha: 06-Sep-2001
a)
El apoderado del recurrido, adjuntando el Testimonio de Poder Nº 929/2001 (fs. 295), informa lo que se anota seguidamente: a) el Juez Quinto de Partido de Familia ordenó la retención de haberes del abogado Fernando Montalvo Ocampo dentro del proceso de divorcio incoado por la recurrente, disposición que fue cumplida por “El Diario”; b) la orden judicial no disponía la remisión de los montos retenidos, por lo que el Juez de la causa deberá disponer aquello, y cualquier determinación de pago que adopte será debidamente cumplida; c) en “El Diario” no se tiene ningún conocimiento de los reclamos que la recurrente dice haber formulado al Juez del proceso y a la Corte Superior. Pide se declare improcedente el Amparo Constitucional.