SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 948/2001-R
Fecha: 07-Sep-2001
POR TANTO:
POR TANTO: El Tribunal Constitucional, en virtud de la jurisdicción que ejerce por mandato de los arts. 18-III, 120 -7ª de la Constitución Política del Estado y 7.8) y 93 de la Ley N° 1836 REVOCA la Sentencia de 28 de julio de 2001 de fs. 76 a 77 vta. de obrados, pronunciada por la Sala Civil Primera de la Corte Superior de Santa Cruz y declara PROCEDENTE el Recurso respecto a los Vocales y Juez recurridos, disponiendo por una parte que el Juez pronuncie nueva resolución de medidas cautelares que aseguren la presencia de los imputados en el proceso, y por otra, que los vocales previa y estricta tramitación de la recusación de la Vocal Beatriz Sandoval de Capobianco celebren nueva audiencia y dicten resolución, debiendo observarse en ambos casos los artículos 233, 236 y 320 del nuevo Código de Procedimiento Penal.