SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 951/01-R
Fecha: 10-Sep-2001
a)
Por su parte, el abogado del co-recurrido Carlos Averanga informó: a) que en ningún momento se desconocieron los derechos de la recurrente, a quien se aseguró en su momento; b) que la recurrente no agotó las instancias legales pertinentes; c) que desde hace varios meses atrás se trata de llegar a una conciliación con la recurrente pues ésta de manera arbitraria se llevó sellos, llaves, carnets y otros instrumentos que pertenecen a la institución, enviando a una tercera persona como suplente. Aclaró que a través de un oficio se solicitó al Director Departamental del Trabajo que la audiencia conciliatoria fijada se postergue debido a que los directivos debían concurrir a una reunión a nivel de Confederación Nacional; d) que la reincorporación de la recurrente no sólo depende de dos directivos sino de toda la directiva, sin embargo, hizo constar que no existía ninguna documentación que disponga el alejamiento definitivo de la recurrente.