SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 951/01-R
Fecha: 10-Sep-2001
toda mujer en periodo de gestación hasta un año de nacimiento del hijo gozará de inamovilidad en su puesto de trabajo en instituciones públicas o privadas".
Que en el caso que se revisa, los recurridos han cometido actos y omisiones indebidas al haberse negado a restituir a sus funciones a la recurrente concluido su periodo post natal, obligando a ésta a acudir ante el Director Departamental del Trabajo instancia ante la que tampoco se han presentado los referidos, pese a sus varias citaciones, vulnerando de ese modo el derecho al trabajo de la recurrente previsto por el art. 7 inc. d) de la Constitución Política del Estado, acto ilegal agravado por cuanto los recurridos como parte patronal no observaron el art. 1 de la Ley Nº 975 de 2 de marzo de 1988 que establece imperativamente que : "toda mujer en periodo de gestación hasta un año de nacimiento del hijo gozará de inamovilidad en su puesto de trabajo en instituciones públicas o privadas".