SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 963/01-R
Fecha: 14-Sep-2001
2.
2. De fs. 21 a 24 cursa el acta de audiencia pública realizada el 30 de julio de 2001, en la que el recurrente ratifica los términos de su demanda, agregando lo que se apunta seguidamente: a) ingresó a la Policía como docente por concurso de méritos, en 1977, y “hasta hace unos tres años” estuvo dando clases; b) se le confirió el grado de Subteniente, y conforme pasaron los años, alcanzó el grado de Teniente Coronel “por los innumerables servicios prestados a la Institución”; c) el acto ilegal radica en que, luego de que el Tribunal Sumariante dispusiera no abrir causa en contra suya, el Tribunal Disciplinario Superior revoca esa resolución y ordena se inicie el sumario en virtud del art. 34 del Reglamento de Disciplina y Sanciones; d) se ha violado también el art. 16 de la Constitución Política del Estado porque el Tribunal Disciplinario Superior, con esa actitud, está presumiendo su culpabilidad y atentando contra sus derechos a la dignidad, al honor, a la imagen y a la representación.