Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 006/2002-R
Fecha: 09-Ene-2002
IMPROCEDENTE
3. La Resolución que sale a fs. 202 a 203, declara IMPROCEDENTE el recurso con el argumento que se ha demostrado que los bienes inmuebles objeto del allanamiento practicado pertenecen a Luis Fernando Pereira y que este procedimiento se ha cumplido observando todas las formalidades previstas por Ley; asimismo, que la mercadería ha sido legalmente comisada bajo la condición de que se demuestre documentalmente su legal internación al país. Finalmente, que el amparo constitucional no es sustitutivo de los otros recursos que dentro del proceso que se sustancia ante el Tribunal Aduanero de Sentencia, puede interponer el recurrente.