Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 006/2002-R
Fecha: 09-Ene-2002
Por tanto:
Por tanto: El Tribunal Constitucional, en virtud de la jurisdicción que ejerce por mandato de los arts. 19-IV, 120-7ª de la Constitución Política del Estado; 7-8ª) y 102-V de la Ley 1836, REVOCA la Resolución de fs. 202 a 203 pronunciada el 15 de noviembre de 2001 por la Sala Penal Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz y declara PROCEDENTE el Recurso disponiendo que el Fiscal recurrido cumpla los plazos y el procedimiento establecidos por la Ley Nº 1990; asimismo, en el plazo de 24 horas responda el traslado que le fue corrido para que el Tribunal resuelva lo que en derecho corresponda, con condenación de daños y perjuicios.