SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 15/2002-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 15/2002-R

Fecha: 09-Ene-2002

4.

4.   Apelada la citada determinación, la Corte Superior en su Sala Penal Segunda dictó el Auto de Vista Nº 318/98 de 12 de agosto de 1998 (fs. 38 y 39), por el que confirmó la resolución recurrida, modificando el sobreseimiento provisional en uno definitivo. Esta determinación se basa, entre otros fundamentos en lo manifestado en el numeral cuarto del considerando segundo, cuando asevera que “en el fondo de la tipificación del supuesto delito de cohecho pasivo propio  previsto por el art. 145 CP, no se adecua a la conducta del apelante, toda vez que se evidencia que la suma de $US. 25.000.- que le entregó Dante Benito Escóbar Plata con destino a una campaña proselitista proveniente de su cuenta personal y no del FOCSSAP, aspecto que también el Juez sumariante lo ha establecido en el Auto Final” (sic).