Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 27/2002-R
Fecha: 14-Ene-2002
Vistos:
Vistos: En revisión, la Resolución 724/2001 cursante de fs. 520 a 521 de 22 de octubre de 2001, pronunciada por la Sala Penal Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, dentro del Recurso de Amparo Constitucional interpuesto por Celia Gutiérrez Mamani, en su condición de apoderada y Secretaria General del Sindicato de Enfermeras Auxiliares “12 de Mayo” y Ramas Anexas contra Héctor Chávez La Faye, Presidente Ejecutivo de la Caja Nacional de Salud y Jaime Burgos Rivera, Secretario General del Sindicato CASEGURAL-La Paz; los antecedentes que cursan en el expediente; y
- Partes:
- Vistos:
- Considerando:
- a)
- PROCEDENTE
- Resolución Suprema 219344 de 4 de octubre de 2000 se reconoció la Personalidad Jurídica del Sindicato de Enfermeras Auxiliares “12 de Mayo” R.A.
- 16 de abril de 2001, el Sindicato de Enfermeras Auxiliares “12 de Mayo” R.A. suscribió un convenio laboral con autoridades de la Caja Nacional de Salud, documento que en su punto 2 (Aspecto de Recursos Humanos) inc h) convino en el desglose de aportes a favor del referido sindicato de acuerdo a comunicaciones del Ministerio del Trabajo una vez presentadas las listas de sus afiliados. Dicho convenio laboral fue homologado por el Director del Trabajo mediante Resolución Administrativa 697/01 de 26 de junio de 2001
- siempre que no hubiera otro medio o recurso legal para dicha protección, aún cuando no se hubiera hecho uso oportuno de los mismos,
- Por tanto: