Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 54/02-R
Fecha: 17-Ene-2002
procedente
Que por los antecedentes expuestos ante la evidente vulneración de derechos fundamentales, se concluye que el presente Recurso está dentro de las previsiones del art. 19 de la Ley Fundamental, por lo que el Tribunal de Amparo al haberlo declarado procedente ha efectuado una adecuada compulsa de los antecedentes procesales y aplicado correctamente la citada norma constitucional, en lo que se refiere al Presidente del Concejo Municipal de Cobija del Departamento de Pando.