Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1182/2002 - R
Fecha: 03-Oct-2002
II.1
II.1 Que, teniéndose fijada la suma de Bs700.- como asistencia familiar para los hijos menores de la recurrente, ésta planteó incidente de aumento de dicho monto. Por su parte, el obligado a tiempo de contestar solicitó la reducción de la pensión, ante lo cual, la Jueza Primera de Instrucción mediante Auto Final 235/2001 de 25 de julio, resolvió declarar improbadas ambas pretensiones y mantener el monto referido (fs. 496-497 vta.).