Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1185/2002-R
Fecha: 03-Oct-2002
improcedente
Concluida la audiencia, la Jueza de Partido Liquidadora de Trinidad de acuerdo con la opinión Fiscal, declaró improcedente el Recurso con el argumento de que “... la supuesta ilegalidad alegada por el recurrente no afecta ni incide en el proceso penal que se está desarrollando ante el tribunal de sentencia 2, donde además tiene la oportunidad de utilizar todos los recursos ordinarios que la ley le franquea tal como lo está realizando por lo que no existe un proceso indebido.”