SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1203/2002-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1203/2002-R

Fecha: 14-Oct-2002

improcedente

Concluida  la audiencia,  el Tribunal de amparo  declaró   improcedente  el recurso planteado, con el siguiente fundamento: 1) Que  el art. 137 del Código de Tránsito (CT) y el art. 372 de su Reglamento, preceptúan que la transferencia de un vehículo sólo puede efectuarse mediante instrumento público,  previo el pago de impuestos fiscales, y que el art. 121 del citado Código establece que el carnet de propiedad es el único documento  que acredita  el derecho de propiedad sobre un vehículo, pero que en la especie se obtuvo ese  carnet de propiedad  después  de producidos los  hechos  ilícitos que sucedieron el 24 de agosto de 2001, lo que resta  su eficacia jurídica para el fin  solicitado. Que, en  consecuencia, los Vocales recurridos obraron conforme a derecho.