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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1237/2002-R
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1237/2002-R

    Fecha: 14-Oct-2002

    III.3

    III.3           De acuerdo con los antecedentes señalados corresponde otorgar la tutela solicitada por encontrarse el caso dentro de las previsiones y alcances del art. 19 CPE,  de manera que el Tribunal de Amparo al haber declarado procedente el recurso, ha efectuado una adecuada compulsa de los datos procesales y dado correcta aplicación al citado art. 19 CPE.

    • Roger Marcelo Ugarte Calvo y Rosario Andrea Medina Castillo, en representación de Mario Edgar Medina Salas
    • I.1.1.   Hechos que motivan el recurso.
    • Fragmento 3
    • a)
    • procedente
    • II.1
    • II.2
    • II.3
    • III.1
    • III.2
    • III.3
    • APROBAR

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