Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1262/2002-R
Fecha: 21-Oct-2002
II.4.
II.4. Que, el recurrente en 27 de mayo de 2002 solicita al Fiscal Adjunto de Huanuni, Jhonny Echalar Ramírez se le aplique procedimiento abreviado de conformidad a los art. 273 y 274 CPP (fs. 49). En audiencia oral conclusiva realizada el 2 de agosto de 2002 desiste de su petitorio y manifiesta que está de acuerdo con someterse a juicio oral (fs. 39); en la misma fecha el Juez recurrido pronuncia Sentencia en la que declara improcedente la solicitud de aplicación de procedimiento abreviado respecto al recurrente y dispone se remitan obrados al Ministerio Público para que formule acusación (fs. 13-14), remitiéndose los mismos al Fiscal de Materia de Oruro recién el 14 de agosto de 2002 (fs. 18).