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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1290/2002-R
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1290/2002-R

    Fecha: 28-Oct-2002

    El representante del Ministerio Público,

           El representante del Ministerio Público, requiere porque se declare improcedente el recurso con el argumento de que no se aportó prueba que demuestre la existencia de procesamiento indebido, además de que el hábeas corpus no es sustitutivo de otros recursos ya que en el presente caso no se ha emitido orden alguna de aprehensión ni detención.

    • Héctor José Tapia Cortez en representación de Fernando Giacoman y Olga Greguskova Kovalova
    • I.1.1.   Hechos que motivan el recurso.
    • I.2.1.   Ratificación y ampliación del Recurso.
    • 1)
    • El representante del Ministerio Público,
    • procedente
    • II.1
    • II.2
    • III.1
    • III.2

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