SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1320/2002-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1320/2002-R

Fecha: 30-Oct-2002

improcedente

Concluida la audiencia el Tribunal de amparo constitucional pronuncia Resolución que declara improcedente el recurso, con los siguientes fundamentos: 1) el Fiscal demandado no intervino en la devolución del vehículo que se reclama y la responsabilidad es personal y debió demandarse al Fiscal que hizo la entrega del vehículo; b) con relación al tiempo de investigación se ha abierto uno nuevo a partir de abril, en razón a la Circular de la Corte Suprema y Sentencia Constitucional 535/2002-R,  por la que los asuntos penales iniciados antes del 30 de mayo de 2001 que hubieran pasado a conocimiento del juez, se regirán por el Código de Procedimiento Penal; 3) para la investigación de un hecho delictivo, el término es de seis meses que no se ha cumplido aún.