SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1341/2002-R
Fecha: 01-Nov-2002
(fs. 69-70)
Se dio lectura al informe de los recurridos (fs. 69-70), en el cual alegaron: a) que el art. 199 CPE, sirvió de premisa para dictar el Auto de Vista impugnado, y en el caso, las denuncias formuladas por los recurrentes, se tiene que se produjeron graves hechos contra menores como el acoso sexual de dos profesoras a un menor, lo cual no puede quedar en el misterio y menos en la impunidad, debiendo por ello, averiguarse la verdad de los hechos a través de la tramitación de la denuncia por los delitos de difamación e injurias; b) que no existen los dos presupuestos previstos en el art. 308-3) CPP, que impidan la prosecución de la acción; c) que si faltaba explicación acerca del por qué de la procedencia, los recurrentes debieron pedir explicación y complementación y d) que el procesamiento indebido alegado no está directamente relacionado con el derecho a la libertad personal.
- Esperanza Sofía Villarroel Díaz, Víctor Aliaga Chuquimia, Marlene Rodríguez de Aliaga y Gualberto Rhu Claros
- I.1.1 Hechos que motivan el recurso.
- Hugo Bilbao La Vieja y Gonzalo Peñaranda Taida, vocales de la Salas Penales Primera y Segunda
- I.2.1
- (fs. 69-70)
- II.1
- III. FUNDAMENTOS JURIDICOS DEL FALLO
- III.1
- III.2