SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1375/2002-R
Fecha: 18-Nov-2002
I.1.1. Hechos que motivan el Recurso.
Que, Mario Suaznabar García transfiere a su tío Fernando Melgar un micro y la línea 2 e interno 21; a su vez -manifiesta el recurrente- por decisión de su tío y padre (el último de los cuales también intervino en la transacción), le transfirieron dicha línea, inscribiendo su derecho propietario en el Sindicato de Transportistas de Santa Cruz, habiendo empezado a trabajar sin inconveniente alguno.
Que, el ex dueño Mario Suaznabar adjuntando documentos fraudulentos solicitó al Juez recurrido se le restituya el derecho propietario de la línea, solicitud a la que ilegalmente se da curso por decreto de 17 de agosto de 2002, en el que se dispone la nulidad de su inscripción en el Sindicato de Transportistas.
- Alejandro
- I.1.1. Hechos que motivan el Recurso.
- Raúl Jordán Arauz, Juez Sexto de Partido en lo Civil y Comercial de Santa Cruz y Hernán Velásquez Capiona, Secretario General del Sindicato de Transportistas de Santa Cruz
- a)
- PROCEDENTE
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2.