Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1378/2002-R
Fecha: 18-Nov-2002
Fragmento 4
La Resolución de 4 de octubre de 2002, cursante a fojas 17 vta. y 18, pronunciada por la Sala Civil Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz, declara IMPROCEDENTE el recurso, con el fundamento de que “tomando en cuenta que este Tribunal es de puro derecho y no de hecho, conforme lo estipula la Ley del Tribunal Constitucional, la presente resolución se basa en las pruebas aportadas por las partes, de tal manera se llega a la conclusión de que el recurrente se encuentra legalmente detenido, al haber reunido los requisitos establecidos por el art. 233 del N.C.P.P.” (sic).