Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1388/2002-R
Fecha: 18-Nov-2002
: 1)
Los funcionarios policiales demandados informan: 1) en la fecha en que supuestamente ocurrieron los hechos denunciados por el recurrente no se encontraban de turno, sino los policías Fidel Vargas Bellido y Sixto Apaza Gabincha de quienes desconocen su destino actual; 2) no existe en la Policía ningún registro de los hechos que señala el recurrente los días 24 y 25 de agosto por lo que deslindan cualquier responsabilidad.