SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1398/2002 -R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1398/2002 -R

Fecha: 18-Nov-2002

III.3

III.3   Que,  al margen del fundamento referido, el requerimiento que ahora se acusa de ilegal y denegatorio de justicia, también fue impugnado por la recurrente en la vía procesal ordinaria; es decir, a través de la impugnación, que fue tramitada conforme a Ley, habiendo sido resuelta por el Fiscal del Distrito, quien revocó el requerimiento en parte y dispuso se formalice la acusación contra uno de los imputados, de manera que todos los alegatos expuestos en el presente recurso, ya fueron compulsados por el superior jerárquico del recurrido, resultando inoficioso el Amparo planteado, mas aún cuando la autoridad revisora de la actuación del Fiscal, no ha sido recurrida.

            Que, por ello, la pretensión de la recurrente de dejar sin efecto el requerimiento del Fiscal del Distrito, carece de lógica jurídica como también resulta incoherente con su argumento principal, pues pide por una parte que se prosiga la acción penal, pero por otro lado, pide que se deje sin efecto el requerimiento que dispone la prosecución de la misma contra uno de los imputados, lo cual no es posible, pues se reitera que el Fiscal del Distrito no ha sido recurrido, lo que impide la compulsa de su decisión, pues de hacerlo, se estaría vulnerando su derecho a la defensa.