SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1407/2002-R
Fecha: 18-Nov-2002
improcedente
La Resolución de 11 de septiembre de 2002 (fs. 266-268), denegó el recurso y lo declaró improcedente, con los siguientes fundamentos: a) El secuestro, entrega o embargo del vehículo no es una acción unilateral, arbitraria y violatoria de los derechos del recurrente, toda vez que se establece la existencia de acciones ejecutivas entre las partes; b) No existe inmediatez en consideración al tiempo del hecho referido y la fecha de presentación del amparo, dentro del cual existieron requerimientos, conversaciones y condiciones entre las partes; c) El amparo no es sustitutivo de recursos y vías de derecho que la parte puede utilizar para reclamar su derecho conforme establece el art. 96.3) de la Ley del Tribunal Constitucional (LTC).