Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1411/2002-R
Fecha: 22-Nov-2002
II.3.
II.3. Que, en 15 de octubre de 2002 se llevó a efecto la audiencia de consideración de efectivización de fianza, en la que la Jueza Cautelar recurrida después de rechazar los fiadores personales propuestos por las imputadas, revoca el auto de 16 de septiembre y dispone la aplicación de la medida cautelar de detención preventiva en su contra (fs. 18), expidiendo al efecto los correspondientes mandamientos de detención preventiva (fs. 1 y 2).
- Pablo E. Stambuk en representación sin mandato de Jacinta Cayari Quispe y Silveria Gutiérrez Soldado
- I.1.1. Hechos que motivan el Recurso.
- a)
- PROCEDENTE
- II.1.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 8
- el Juez ha ordenado la detención del recurrente sin que exista solicitud fundamentada del Ministerio Público ni de la parte civil