SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1412/2002-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1412/2002-R

Fecha: 22-Nov-2002

III.3.

III.3. Que, estando resuelta la pretendida solicitud de tutela, es innecesario exponer otros fundamentos; empero no se puede dejar de señalar que tratándose de procesos penales aduaneros, las normas aplicables en cuanto a la extinción de la acción en la etapa preparatoria, así como otras, son las establecidas en la Ley 1970 o nuevo Código de Procedimiento Penal, no así en la Ley General de Aduanas, de la manera como se ha reconocido en la Sentencia Constitucional 1065/2002-R de 03 de septiembre.

            Que, se recuerda al recurrente, así como a su abogado patrocinante que la ratio decidendi o razonamiento lógico de las motivaciones que llevan a la toma de la resolución por este Tribunal Constitucional, son irrevisables, obligatorias y vinculantes de conformidad a lo establecido por el art. 44-I LTC.