Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1442/2002-R
Fecha: 25-Nov-2002
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El recurrente indica que las autoridades demandadas vulneraron sus derechos a concurrir como elector o elegible a la formación o al ejercicio de los poderes públicos, a ejercer funciones públicas, al trabajo y a una remuneración justa, al no permitirle su incorporación al ente deliberante en su condición de Concejal Titular, no obstante haber cumplido con todos los requisitos de ley. Por consiguiente, corresponde analizar si los hechos demandados son evidentes y si se encuentran dentro del ámbito de protección otorgado por el art. 19 CPE.