SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1446/2002 - R
Fecha: 28-Nov-2002
III. FUNDAMENTOS JURIDICOS DEL FALLO
Que, el recurrente denuncia la vulneración del derecho a la propiedad, previsto en el art. 7-i) y 22 CPE, con el argumento de que los vocales recurridos, han dictado indebidamente el Auto de Vista 027/02 de 26 de junio y su auto complementario, declarando probado el incidente de oposición planteado por Miriam Moreno de Fernández y dejando sin efecto el mandamiento de desapoderamiento sobre los dos departamentos Nº 101 y 102 ubicados en la planta baja del Edificio “La Luna” de la Zona Cota Cota, desconociendo fallos con calidad de cosa juzgada que anteriormente habían rechazado la pretensión de la incidentista. En consecuencia, corresponde dilucidar si tales extremos son ciertos y si constituyen lesión al derecho citado, a fin de conceder o negar la tutela requerida.