SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1447/2002- R
Fecha: 28-Nov-2002
(fs. 193)
El recurrido dio lectura a su informe (fs. 193), en el cual alegó: a) que conforme al art. 50 CPC, rechazó el memorial de 26 de agosto de 2002, presentado por el recurrente, porque no es parte dentro del proceso ordinario de desocupación y entrega, seguido por Juan Carlos Flores Peñafiel contra Zulma Vargas de Lazarte y Bergman Lazarte Chávez, en cuyo transcurso pudo hacer valer su derecho, y no después de que el Juez Gualberto Jurado Peredo dictó sentencia el 9 de diciembre de 2000, que fue confirmado por Auto de Vista de 29 de marzo de 2001 y mediante Auto Supremo Nº 79 de 25 de febrero de 2002, la Corte Suprema de Justicia declaró infundado el recurso de casación, b) que el recurrente “cobijándose” en el art. 45 LAPCAF, pretende hacer valer sus derechos sin presentar ningún título que lo respalde y más siendo pariente de los demandados y d) que solamente está cumpliendo la sentencia ejecutoriada, ordenando el desapoderamiento previa inspección y el cumplimiento de los plazos estipulados para que los ocupantes se retiren del inmueble objeto de la litis.